¿Es obligatorio calzar o retener un camión en un muelle de carga?
¿Es obligatorio calzar o retener un camión en un muelle de carga?
Respuesta rápida
Hasta donde alcanza el análisis de las principales normativas en materia de la seguridad y salud en el trabajo (Ley 31/1995, RD 39/1997, RD 486/1997, RD 1215/1997 y sus reales decretos de desarrollo), ninguna impone expresamente ni el calzo ni el sistema de retención de camiones en un muelle de carga como medida obligatoria.
Lo que sí es obligatorio es controlar el riesgo de que el camión se mueva durante la carga y descarga con una medida que resulte eficaz.
La NTP 1076 del INSST, la guía técnica específica sobre seguridad en muelles de carga, recomienda instalar sistemas de bloqueo del vehículo y fija las condiciones que debe cumplir un calzo para poder usarse. Una NTP no es de obligado cumplimiento por sí misma: solo lo es si una disposición normativa vigente la recoge o la contempla.
¿Es obligatorio calzar un camión en un muelle de carga?
Según las normas que se citan más abajo, el calzo no figura como medida obligatoria. Tampoco está prohibido. Lo exigible es el resultado: que el camión no se desplace mientras se carga o se descarga.
Ese desplazamiento puede darse de dos formas. La salida intempestiva, que la NTP 1076 atribuye a un fallo de frenos o a una acción descoordinada entre el conductor del camión y el operario del muelle o carretillero. Y el desplazamiento natural del vehículo durante la operación, lo que en inglés se conoce como trailer creep. La misma NTP asocia estos movimientos con la caída o el vuelco del equipo de manutención y con la caída de la mercancía.
Si la empresa opta por el calzo, la NTP 1076 describe cómo debe ser y cómo debe colocarse para funcionar:
- Medidas: 45 cm de ancho y 32 cm de alto.
- Colocación: En una rueda de cada lado del vehículo.
- Si no se cumple lo anterior: Puede producirse una salida intempestiva o un desplazamiento natural del camión.
- Calzos con sensores o alarmas conectados a la puerta del muelle: Deben comprobarse a diario, porque su función puede neutralizarse con un adhesivo o con el simple barro del neumático. Conviene asegurar el cable que los une a la puerta.
¿Es obligatorio instalar un sistema de retención de camiones?
La respuesta es la misma que para el calzo: según las normas citadas, no está impuesto. Pero la NTP 1076 trata los sistemas de bloqueo de forma distinta a como trata el calzo.
La NTP recomienda instalar sistemas de retención que inmovilicen el vehículo e impidan su desplazamiento natural durante la carga y la descarga. Entre los factores de riesgo de la caída de la carga, incluye la salida intempestiva o el desplazamiento natural del vehículo por no utilizar un sistema de blocaje. Y para prevenir la salida intempestiva por fallo de frenos o por falta de coordinación, remite a estos sistemas de bloqueo.
Otras indicaciones de la NTP sobre estos sistemas:
- Pueden ser automáticos o manuales.
- Deben bloquear a una altura mínima de 32 cm y comunicar el estado de la operación al interior y al exterior del muelle.
- Con puertas automáticas, recomienda que no puedan abrirse hasta que el camión esté bloqueado. Con puertas manuales, recomienda una alarma que se active si el camión no está bloqueado.
- Los automáticos reducen o eliminan la intervención humana en la maniobra.
¿Qué dice la normativa y qué valor tiene cada norma?
- Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. La evaluación de riesgos no es un trámite documental: es el mecanismo mediante el cual se determina qué medidas preventivas deben adoptarse. Por lo tanto, si existe un riesgo debe evaluarse. Si la evaluación determina que debe controlarse, deben implantarse medidas. Valor: ley, de obligado cumplimiento.
- Real Decreto 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención. El artículo 5 establece que, para determinar los elementos peligrosos y los trabajadores expuestos a riesgos, deben utilizarse criterios objetivos basados en los conocimientos técnicos existentes. Y cuando no exista un método específico establecido por normativa, el propio RD 39/1997 permite utilizar guías técnicas como las NTP del INSST. Valor: real decreto, de obligado cumplimiento.
- Real Decreto 486/1997, lugares de trabajo. Fija las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Por ejemplo, el Anexo I establece expresamente que las vías de circulación de los lugares de trabajo incluyen los muelles de carga, y que estos «puedan utilizarse de forma fácil y con total seguridad para los peatones o vehículos que circulen por ellas y para el personal que trabaje en sus proximidades». Valor: real decreto, de obligado cumplimiento.
- Real Decreto 1215/1997, equipos de trabajo. Fija las obligaciones sobre los equipos de trabajo presentes en la operación: carretillas, rampas niveladoras, instalaciones, etc. El Anexo II 1.7 establece que los equipos deben instalarse y utilizarse de forma que no puedan caer, volcar o desplazarse de forma incontrolada poniendo en peligro a los trabajadores. Valor: real decreto, de obligado cumplimiento.
- NTP 1076, Muelles de carga y descarga: seguridad (INSST, 2016). Recoge las características técnicas, los riesgos y las medidas de prevención y protección de los muelles. Sustituyó a la NTP 985 e incorporó nuevos sistemas de seguridad. System Block participó en su elaboración y redacción. Valor: guía de buenas prácticas. Sus indicaciones no son obligatorias salvo que las recoja o contemple una disposición normativa vigente, como el RD 39/1997.
Cómo encajan entre ellas. Las normas obligatorias fijan el qué: evitar o controlar el riesgo, evaluarlo y revisar la evaluación cuando cambian los equipos. La NTP 1076 aporta el cómo, específico para muelles. Por eso, aunque no obligue por sí misma, es la referencia técnica con la que se puede contrastar una medida de control en un muelle de carga.
La consecuencia práctica no es “hay que instalar una medida en concreto”. Es otra: hay que poder explicar por qué la medida elegida controla de forma eficaz el desplazamiento del camión o la salida intempestiva.
¿Es el calzo una medida eficaz para evitar la salida intempestiva del camión?
El calzo puede ser una medida válida si cumple las condiciones que describe la NTP 1076. La pregunta que plantea la normativa es otra: si la medida sigue siendo eficaz cuando alguien se distrae o no aplica bien su uso.
El artículo 15.4 de la Ley 31/1995 obliga a que la eficacia de las medidas preventivas contemple las distracciones o imprudencias no temerarias del trabajador.
Un calzo es válido cuando alguien lo coloca bien, en las dos ruedas adecuadas y en cada operación, y lo retira en el momento oportuno. Es una acción humana por cada camión. Esa dependencia no lo descalifica, pero es el punto que hay que valorar.
Tres preguntas ayudan a valorar cualquier medida de control del desplazamiento:
- ¿Actúa por sí misma o depende de que una persona haga lo correcto en cada operación?
- ¿Sigue siendo eficaz si hay una distracción, prisas o un fallo de coordinación?
- ¿Se puede comprobar que está activa antes de empezar a cargar o descargar?
La NTP 1076 apunta en esa dirección. Indica que las operaciones de carga y descarga deben iniciarse cuando el vehículo está posicionado y asegurado. Señala que los sistemas de bloqueo automáticos reducen o eliminan la intervención humana. Y describe sistemas manuales que solo pueden desbloquearse desde el cuadro de mando del operario del muelle.
No hay una respuesta universal. La elección entre calzo y retención debe hacerse con la evaluación de riesgos del propio muelle delante.
Qué es un sistema de retención de camiones
Un sistema de retención de camiones es un dispositivo instalado en el muelle que inmoviliza el vehículo durante la carga y la descarga e impide que se desplace o se marche hasta que la operación termina. El sector también lo denomina sistema de bloqueo o de blocaje. También se conoce como retenedor, bloqueo o inmovilizador de camiones.
A diferencia del calzo, que es una cuña que se coloca junto a la rueda, el sistema de retención es un equipo instalado y anclado en el muelle.
Hay dos tipos:
- Manual. Una persona lo activa. EASYBLOCK, de System Block, es un sistema manual: el conductor baja de la cabina, desplaza el carro por la guía y activa el brazo de bloqueo.
- Automático. La maniobra no requiere intervención del conductor. AUTOBLOCK, de System Block, es totalmente automático.
Ambos sistemas están diseñados para impedir la marcha intempestiva y el desplazamiento del camión durante las operaciones de carga y descarga, que están tipificadas como los mayores riesgos que existen en un muelle de carga.
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio el calzo en un muelle de carga?
Según las normativas de prevención citadas en este artículo, el calzo no está impuesto como medida obligatoria. Sí es obligatorio controlar el riesgo de desplazamiento del camión con una medida eficaz. Si se usa calzo, la NTP 1076 indica que debe medir 45 cm de ancho y 32 cm de alto y colocarse en una rueda de cada lado.
¿Es obligatorio instalar un sistema de retención de camiones?
No consta como obligación expresa en las normas citadas. La NTP 1076 recomienda instalar sistemas de bloqueo del vehículo, que pueden ser manuales o automáticos.
¿La NTP 1076 es de obligado cumplimiento?
No por sí misma. Las NTP son guías de buenas prácticas del INSST. Sus indicaciones solo obligan si una disposición normativa vigente las recoge o contempla.
¿Qué medidas debe tener un calzo para cumplir con la NTP?
45 cm de ancho y 32 cm de alto, colocado en una rueda de cada lado del vehículo.
¿Qué es la salida intempestiva de un camión?
Es el movimiento de salida del camión mientras se carga o se descarga, por un fallo de frenos o por una acción descoordinada entre el conductor y quien maneja el equipo de carga. El desplazamiento natural del vehículo durante la operación (trailer creep) es otro movimiento que la NTP también contempla.
¿Cuál es la diferencia entre un calzo y un retenedor?
El calzo es una cuña que una persona coloca junto a la rueda. El sistema de retención es un equipo instalado en el muelle, vinculado con la puerta y la rampa, que inmoviliza el vehículo, con activación manual o automática.
Para seguir leyendo
- Guía: seguridad en muelles de carga
- Alternativa a los calzos para camiones
- Los peligros ocultos de usar calzos para inmovilizar camiones en muelles de carga
- Salida intempestiva del camión: el mayor riesgo en los muelles de carga
- Nota técnica de prevención (NTP): qué es y cómo aplicarla en muelles de carga
System Block es la única empresa española especializada en sistemas de retención de camiones. Con más de 10 años de experiencia y más de 6.000 sistemas instalados en muelles de carga de toda España, participó en la elaboración y redacción de la NTP 1076 del INSST.
Puedes ver cómo funcionan sus sistemas EASYBLOCK y AUTOBLOCK en una demostración virtual en el showroom.
Este artículo es informativo. No sustituye la evaluación de riesgos del muelle ni el asesoramiento jurídico.
Fuentes y normativa citada
- INSST. NTP 1076: Muelles de carga y descarga: seguridad (2016)
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (arts. 14, 15 y 16)
- Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención
- Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo
- Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo